El hecho ocurrió en la madrugada del sábado en una casa del barrio Maldonado Nuevo, donde la policía logró rescatar a la mujer y detener al agresor, un hombre con antecedentes penales.
Personal policial de la Unidad de Respuesta Policial Móvil (URPM), de Zona Operacional II, concurrió en la madrugada del sábado a una casa del barrio Maldonado Nuevo, donde un hombre de 25 años, poseedor de antecedentes penales, agredió a su pareja y la retuvo en el baño de la finca.
Los funcionarios actuantes, con la autorización del propietario de la casa, se ingresó a la misma, donde después de varios minutos de diálogo con el agresor, ante el peligro inminente para la víctima, se ingresó al baño, deteniendo al individuo, el que fue derivado a dependencias de la seccional 1ra. de Maldonado, haciéndose cargo del procedimiento la Comisaria Especializada de Violencia Doméstica y de Genero de Maldonado.
En tanto la pareja del hombre, una mujer mayor de edad fue asistida en un sanatorio de Punta del Este, donde le constataron que había sufrido fractura de una costilla, a raíz de un golpe de puño propinado por el detenido.
La fiscal letrada de 1.° turno de San Carlos, dispuso entre otras directivas, que la víctima fuera vista por un médico forense y que el detenido fuera conducido a su despacho para su indagatoria.
En las últimas horas se celebró la audiencia en la sede del juzgado letrado de 3.° turno de San Carlos, especializado en Violencia basada en género, doméstica y sexual, donde se condenó al sujeto en cuestión como autor penalmente responsable de la comisión de un delito de violencia doméstica agravada, por ser la victima mujer, en concurso formal con un delito de lesiones personales, a la pena de 9 meses de prisión, la que se cumplirá de la siguiente manera: los primeros 3 meses de prisión efectiva y los restantes 6 meses en régimen de libertad a prueba, cumpliendo determinadas obligaciones como presentarse una vez a la semana en la seccional de su domicilio, prestar servicio comunitario, durante tres meses, dos horas semanales. Asimismo deberá portar dispositivo electrónico (tobillera) por el plazo de 6 meses.
De acuerdo a la sentencia se establece también que deberá resarcir a la mujer según lo previsto en el artículo 80 de la Ley 19.580, por lo cual se dispondrá una reparación patrimonial para la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos.